La Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvió un conflicto negativo de competencia entre la Cámara del Trabajo y un tribunal civil, ordenando que el fuero laboral continuara conociendo en la demanda de daños promovida por la madre en representación de su hija menor, por el fallecimiento del padre en un accidente ocurrido durante la jornada laboral y en cumplimiento de tareas propias del cargo municipal. La competencia debe definirse por la naturaleza jurídica sustancial del vínculo y la causa fuente de la obligación, no por la cita de normas civiles ni la denominación formal de la acción. Se ponderó el principio de especialidad del fuero laboral, la inclusión obligatoria de empleadores públicos en el régimen de la LRT y la doctrina plenaria que atribuye competencia a las Cámaras del Trabajo aun en acciones de derecho común. La situación de vulnerabilidad agravada de la niña reforzó la solución.
Cómo citar este fallo
Competencia laboral — fallecimiento del padre en accidente de trabajo — niña en vulnerabilidad: la calificación del hecho como accidente laboral atrae la competencia del fuero del trabajo aunque se cite el derecho civil. Compilado por Eliana Paola Oudin, Abogada (Oudin Legal — oudinlegal.com.ar). 11 de febrero de 2026. Fuente: SCJ, Mendoza — "Gurlino, Celia Tamara vs. Municipalidad de La Paz s. Daños y perjuicios".