La CNTrab. Sala II confirmó la validez del acuerdo de retiro voluntario (art. 241, LCT) al no acreditarse vicios del consentimiento ni fraude. La prueba testimonial que refirió a una reestructuración orientada a "poner gente nueva" solo acreditó que la iniciativa de desvinculación surgió en el ámbito empresario, pero no constituyó prueba de intimidación ni simulación del convenio suscripto. Se destacó que el actor denunció haber sido víctima de una maniobra fraudulenta casi dos años después de haber participado en el acuerdo rescisorio, lo que coadyuvó a desestimar el planteo.
Cómo citar este fallo
Retiro voluntario — validez del art. 241, LCT: la reestructuración empresaria con iniciativa del empleador no prueba por sí sola intimidación ni fraude en el acuerdo extintivo. Compilado por Eliana Paola Oudin, Abogada (Oudin Legal — oudinlegal.com.ar). 4 de mayo de 2026. Fuente: CNTrab. Sala II — "Conca, Héctor Mario vs. Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados s. Despido".